México

Ocho iniciativas de reforma arriesgan la competitividad: IMCO

El paquete presentado implica cambios institucionales profundos

Según el IMCO, de ser aprobada la reforma al salario mínimo puede representar un incentivo para la informalidad o un obstáculo para generar emplesos.

Según el IMCO, de ser aprobada la reforma al salario mínimo puede representar un incentivo para la informalidad o un obstáculo para generar emplesos.

DIANA GONZÁLEZ

Las reformas propuestas por el Ejecutivo el pasado 5 de febrero, de llevarse a cabo, demandarían cambios institucionales profundos.

Para el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) algunas de las implicaciones sociales, económicas e institucionales en el caso de 8 de las reformas planteadas arriesgan la competitividad en México y se refieren a: la de pensiones, la de salario mínimo, la de educación y empleo, la que desaparece a los órganos autónomos, la del poder judicial, la político-electoral, y las referentes al agua y la energía eléctrica.

REFORMA EN PENSIONES

El Ejecutivo envió al Congreso dos iniciativas que pretenden modificar dos Artículos, el 123 y el 4 de la Constitución: El Artículo 123 establecería la obligación del Estado mexicano de garantizar que la pensión que reciban los trabajadores sea igual a su último salario base de cotización, hasta por un monto equivalente al salario promedio de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social -IMSS- (16 mil 777.68 pesos).

el Artículo 4 reduciría de 68 a 65 años la edad a partir de la cual la población tiene derecho a exigir al Estado mexicano una pensión no contributiva, es decir, financiada con cargo al erario. En el caso de las personas indígenas y afromexicanas, la edad para acceder a esta pensión se mantiene en los 65 años.

El IMCO asegura que la iniciativa contraviene el objetivo principal del sistema de ahorro para el retiro vigente actualmente, que fue garantizar la sostenibilidad fiscal del país.

En caso de ser aprobada, una reforma de esta naturaleza responsabilizará al Estado mexicano de un pasivo que se incrementará a medida que aumente la población de 65 años y más en el país, la cual se prevé que se duplique en los siguientes 26 años, de 11.4 millones en 2024 a 24.9 millones en 2050.

REFORMA AL SALARIO MÍNIMO

La iniciativa de reforma constitucional en materia de salarios propone modificar un artículo de la Constitución:

Artículo 123 (Apartado A, fracción VI), que propone que la fijación anual de los salarios mínimos (SM) generales o profesionales nunca deberá estar por debajo de la tasa de inflación anual observada en el año. El cambio va en línea con lo ocurrido desde 2015; en la última década, los incrementos al SM han superado la inflación anual.

Además, en la fracción IV del Apartado B se adiciona que, entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores, docentes de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, integrantes de la Fuerza Nacional permanente, médicos y enfermeros recibirán un salario mensual que no podrá estar debajo del salario promedio de los trabajadores registrados ante el IMSS.

El IMCO indica que en caso de ser aprobada, la reforma requerirá de una implementación balanceada, en la que los incrementos al SM tomen en cuenta -además de la inflación- factores como el crecimiento económico, la productividad, la evolución del salario medio y los costos de operación de los empleadores. "De lo contrario, pueden representar un incentivo para la informalidad o un obstáculo para el crecimiento y la generación de empleos, al ejercer presión sobre los costos enfrentados por los productores", asegura el IMCO.

DESAPARICIÓN DE ÓRGANOS AUTÓNOMOS

Los órganos autónomos son instituciones técnicas, con independencia en sus decisiones, que constituyen un contrapeso a los poderes públicos. Por este motivo, son esenciales para la efectividad gubernamental, la democracia, la transparencia y la rendición de cuentas, señala el IMCO.

La propuesta presentada implica la modificación de trece artículos constitucionales (3, 6, 26, 27, 28, 41, 76, 78, 89, 105, 113, 116 y 123) para eliminar tres órganos constitucionales autónomos (INAI, Cofece, IFT), dos órganos reguladores coordinados (CRE, CNH) y dos organismos descentralizados que cuentan con autonomía (Mejoredu y Coneval).

Por otra parte, la eliminación del INAI implicaría un retroceso de los avances en materia de transparencia, dada la desintegración de la Plataforma Nacional de Transparencia y de los estándares homologados de publicación. En este mismo sentido, la eliminación de Coneval y de Mejoredu significaría la realización de evaluaciones y análisis sin la autonomía y experiencia necesarias para tener impacto en la toma de decisiones y, por ende, en la política educativa del país.

Por último, en el caso de la CRE y la CNH, la reforma implicaría una concentración de funciones especializadas de regulación en una secretaría de Estado, cuya imparcialidad sería cuestionable, dado que entre las entidades reguladas están empresas estatales. Esto impactaría negativamente la certidumbre jurídica y, en consecuencia, la inversión en estos sectores.

REFORMA AL PODER JUDICIAL

La reforma propone sustituir el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por dos organismos: uno de administración judicial y un Tribunal de Disciplina Judicial. También cambia la conformación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de 11 a 9 integrantes y establece su funcionamiento únicamente en Pleno y ya no en Salas. Otra modificación es que establecería que las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las y los magistrados de circuito, jueces de distrito, y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial sean elegidos de manera directa por la ciudadanía, a partir de listas conformadas por los Poderes de la Unión. Actualmente, los jueces son designados por el Consejo de la Judicatura Federal a partir de criterios objetivos, o propuestos por el poder Ejecutivo y ratificados por el Legislativo.

Para el IMCO "estos dos cambios pondrían en riesgo la independencia del Poder Judicial dado que la elección popular implicaría la politización de procesos que deben regirse por criterios técnicos y objetivos" y advierte una posible intervención directa de los partidos políticos en los perfiles de quienes tienen a su cargo la impartición de justicia, algo que "tendría graves consecuencias, las cuales se acentúan en un contexto de alta impunidad como el que atraviesa México actualmente", asegura el IMCO.

REFORMA ELECTORAL

En 2024, México celebrará las elecciones más grandes en su historia. Entre las reformas planteadas se incluye modificar el Artículo 35 y el 41 trasladando facultades relacionadas por los derechos de la ciudadanía del Instituto Nacional Electoral (INE) al Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC). Asimismo, se cambia de 40% a 30% la participación mínima necesaria (de la lista nominal de electores) para que los ejercicios de consulta sean vinculatorios. Se plantea que el cálculo para establecer el financiamiento de las actividades de los partidos políticos cambie: actualmente es el resultado de la multiplicación de la cantidad de personas inscritas en el padrón electoral por 65% del valor de la unidad de medida y actualización (UMA); se propone que este porcentaje se reduzca a 35%.

Además, postula la unificación de las autoridades electorales, es decir, que los órganos públicos locales (OPL) (que son las instituciones electorales estatales) desaparezcan para que sus funciones las realice el INEC. Modifican los artículos 52, 54 y 56 y se propone reducir a 300 curules la Cámara de Diputados (eliminando así a los diputados plurinominales), y a 64 escaños el Senado (eliminando así la primera minoría y los legisladores plurinominales).

El IMCO menciona que "particularmente, la eliminación de los cargos plurinominales reafirma el poder del grupo dominante electoralmente, lo que deja a partidos con menos representación sin voz en el espectro político. En su diseño, los plurinominales sirven para evitar que una mayoría pueda tomar decisiones sin considerar a una minoría", señala el IMCO.

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