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Conoce las prestaciones obligatorias que tienes como trabajador

Las prestaciones tienen el objetivo de garantizar condiciones de trabajo justas y equitativas

Los colaboradores que pasan a ser parte de una organización, además de percibir un sueldo, también tienen derecho a otros beneficios como el aguinaldo o las vacaciones. (ARCHIVO)

Los colaboradores que pasan a ser parte de una organización, además de percibir un sueldo, también tienen derecho a otros beneficios como el aguinaldo o las vacaciones. (ARCHIVO)

DAMIÁN HOLGUÍN

Al momento de que un trabajador forma una relación laboral con una empresa, se establece una serie de condiciones más allá del salario, las cuales son conocidas como prestaciones laborales y que los empresarios están obligados a otorgar a sus empleados, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo en México (LFT).

Los colaboradores que pasan a ser parte de una organización, además de percibir un sueldo, también tienen derecho a otros beneficios como el aguinaldo o las vacaciones. Las prestaciones tienen el objetivo de garantizar condiciones de trabajo justas y equitativas, asimismo proteger los intereses y el bienestar de los trabajadores.

La LFT señala que dentro de un vínculo laboral pueden existir dos tipos de prestaciones:

-Prestaciones superiores a la ley: son beneficios adicionales que otorga el patrón para motivar a los trabajadores al mismo tiempo que ayudan a que los empleados no busquen otros empleos.

-Prestaciones obligadas por ley: son los beneficios con los que toda empresa debe cumplir con sus empleados, cabe resaltar que estos derechos no pueden ser modificados a menos que haya un acuerdo entre el subordinado y la empresa.

A continuación, se mencionan las prestaciones de ley con las que debe contar un empleado al momento de firmar un contrato de trabajo.

AGUINALDO

La Ley señala en el artículo 87 que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual, el cual se pagará antes del veinte de diciembre y que tendrá un valor igual a quince días de salario, por lo menos.

VACACIONES

La LFT estipula en el artículo 76 que aquellos trabajadores que tengan más de un año de servicios gozarán de un periodo anual de vacaciones pegadas, cuyo periodo fue modificado recientemente a favor del trabajador mexicano y se extendió a 12 días laborales, cuando anteriormente solo eran seis días al cumplir un año de trabajo.

PRIMA DOMINICAL

En la LFT se procura que los trabajadores descansen el día domingo; sin embargo, hay empresas que requieren de capital humano durante ese día, por lo que la Ley menciona en el artículo 71 que "los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo".

Es importante conocer que este porcentaje puede variar si hay condiciones especiales establecidas en los contratos colectivos de trabajo o acuerdos entre empleadores y empleados.

DÍA DE DESCANSO

El día de descanso semanal es otra prestación que se lista en el artículo 69 de la LFT, el cual menciona que, por cada seis días de trabajo, el empleado deberá disfrutar de un día de descanso, con goce de salario íntegro.

Esta prestación también es conocida como el día de descanso obligatorio y es un derecho inamovible.

LICENCIA POR MATERNIDAD

En México la licencia por maternidad es una prestación laboral de suma importancia que tiene como objetivo proteger los derechos de las trabajadoras durante su período de gestación y después del parto. Las trabajadoras gozarán de una licencia por maternidad de un total de 12 semanas continuos.

LICENCIA POR ADOPCIÓN

La licencia por adopción se lista como una prestación laboral que busca reconocer y salvaguardar los derechos aquellos padres que adopten a un menos, la cual establece que los padres adoptivos tienen derecho a una licencia por adopción de seis semanas con goce de sueldo y se puede tomar en cualquier momento, siempre y cuando esté dentro de los 30 días naturales posteriores a la fecha en la que se otorga la custodia del niño adoptado.

LICENCIA POR PATERNIDAD

La Ley establece que los padres deberán tener un permiso de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción de un infante.

PERIODO DE LACTANCIA

Esta prestación juega a favor de las trabajadoras mexicanas ya que tendrán derecho a dos descansos extraordinarios por día para amamantar a sus hijos, lo cual se traduce a una hora al día para llevar a cabo la actividad.

PRIMA DE ANTIGÜEDAD

La prima de antigüedad es un derecho que se otorga al trabajador en función del tiempo en el que ha estado laborando en la empresa, siendo un total de doce días de salario por cada año de servicio. En caso de que no se labore el año completo, se pagará su parte proporcional de acuerdo con el tiempo trabajado durante el año.

UTILIDADES

El artículo 117 de la LFT menciona las empresas están obligadas a repartir a sus trabajadores el 10 % de las utilidades que hayan obtenido durante el año fiscal anterior. Sin embargo, el reparto se hace de manera proporcional al tiempo trabajado de cada empleado y en caso de que la empresa tenga pérdidas, no estarán obligadas a dar este beneficio a los trabajadores.

RENUNCIA

Cuando un trabajador finaliza de manera voluntaria su relación laboral, la empresa tiene la obligación de otorgarle diversos pagos y prestaciones correspondientes al periodo trabajado, siendo el salario del periodo en curso, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, entre otros.

DESPIDO

Al ser despedido un empleado, se deberá cumplir con ciertos requisitos y procedimientos que marca la LFT en función de garantizar y proteger la estabilidad laboral de los trabajadores. El trabajador recibirá una indemnización constitucional y, en el caso de que el subordinado demando la reinstalación en su puesto de trabajo y la empresa se lo niegue, tendrá que percibir, además de los señalado anteriormente, 20 días de salario por año de servicios.

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Escrito en: LFT prestaciones Sector Laboral derecho, trabajadores, trabajador, prestaciones

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