Saltillo

Piden tipificar delitos de odio contra comunidad LGBTTTIQ

A través de la diputada perredista, Claudia Ramírez

Piden tipificar delitos de odio contra comunidad LGBTTTIQ

Piden tipificar delitos de odio contra comunidad LGBTTTIQ

LUCÍA PÉREZ PAZ

La comunidad gay pidió al Congreso Local que incremente penas por delitos de odio en contra de la comunidad.

Fue a través de la diputada perredista Claudia Ramírez, que se presentó la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal para el Estado Coahuila.

Estas reformas son para los artículos 91 fracción IV, 188 fracción XIII, 228 fracción VII, y 239 del Código Penal del Estado.

En el caso del artículo 91, son reglas para fijar el marco punible de la pena de prisión.

En el artículo 184 se habla del homicidio calificado y se incluye cuando sea por orientación o preferencia sexuale no heteronormadas, identidad o expresión de género.

En el artículo 228 se habla de las modalidades agravantes de los delitos y se indica que se aumentará en una mitad los mínimos y máximo de las penas previstas para los delitos, en este caso los de odio contra la comunidad .

El Artículo 239 se refiere a la discriminación por odio, vejación o exclusión. “Se impondrá de tres meses a un año de prisión o de seis meses a un año de trabajos en favor de la comunidad o de libertad supervisada y, en cualquier caso, de trescientos a quinientos días multa, a quien por razón de edad, sexo o género, embarazo, estado civil, raza, origen étnico, idioma, religión, ideología, orientación o preferencias”.

También se contempla el transfeminicidio, por lo que se buscará que se aplique prisión de veinte a sesenta años y multa al que prive de la vida a una mujer trans por razón de género.

Se considera que existe razón de género cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, previa o posterior a la privación de la vida de la víctima infligida por el sujeto activo o se le haya infligido por el sujeto activo una o más lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes en zonas genitales o en cualquier otra, previa o posteriormente a la privación de la vida.

También cuando existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia o discriminación por su preferencia sexual, identidad o expresión de género en el ámbito familiar, laboral, o escolar, del sujeto activo contra la víctima.

Escrito en: tipificar penas delitos de odio LGBTTTIQ comunidad, cualquier, razón, fracción

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